¡En Statera estamos de enhorabuena! El TEAR de Madrid estima nuestro recurso y ordena la devolución de 9.909,31€ más intereses a nuestra clienta.

¡En Statera estamos de enhorabuena! El TEAR de Madrid estima nuestro recurso y ordena la devolución de 9.909,31€ más intereses a nuestra clienta.

Una clienta vendió su vivienda e incluyó en su declaración de la renta el coste de la reforma integral –más de 40.000 €– dentro del valor de adquisición del inmueble. La Agencia Tributaria entendió que aquellas obras no eran una mejora, sino «trabajos de conservación y reparación», y practicó una liquidación que aumentaba la ganancia patrimonial. Además, sin que el procedimiento de comprobación fuera firme, se incoó un expediente sancionador automático vinculado al principal.

Asesorada por nuestro abogado Jesús Franco Rivas, decidió recurrir ambos actos –liquidación y sanción– ante el TEAR de Madrid, alegando que una reforma integral, cuando sustituye instalaciones, redistribuye espacios y mejora la eficiencia energética, aumenta el valor y la vida útil del inmueble. Por tanto, debía calificarse como mejora deducible conforme a los artículos 34 y 35 de la LIRPF y a la doctrina reciente del TEAC y del TSJ de Madrid.

El TEAR de Madrid, en resolución de 27 de octubre de 2025, ha estimado íntegramente los dos recursos: reconoce que las obras constituyen mejoras, anula los actos firmes de liquidación y sanción y ordena la devolución del importe previamente abonado por la clienta (9.909,31 €), junto con los intereses de demora. Una resolución que recuerda algo esencial: una reforma integral no es conservación ni reparación, sino una mejora que incrementa el valor de la vivienda.